En caso de que este frente a un caso o tenga conocimiento de actos de violencia contra los animales, usted podrá acudir a las siguientes autoridades, dependiendo la gravedad de las lesiones ocasionadas:
La primera autoridad siempre será la Policía Nacional para que lleve al animal de forma inmediata a las entidades de protección, sin que medie orden judicial y con la finalidad de prevenir que continúen los actos de maltrato.

De acuerdo a la gravedad de los hechos se pondrán en conocimiento las siguientes autoridades:
1. En caso de muerte o lesiones graves
Fiscalía General de la Nación: Cuando el maltrato ponga en grave peligro la vida, salud o integridad física del animal, usted puede presentar denuncia de manera verbal o escrita, en donde narre de forma breve cómo, cuándo y dónde ocurrieron los hechos. La Fiscalía General de la Nación, recibe denuncias en los diferentes centros de atención, como son: Unidades de Reacción Inmediata – U.R.I-, Salas de Atención al Usuario –S.A.U-, y las Casas de Justicia. Las sanciones pueden ser de multa que irá de 5 a 60 smmlv o prisión de 12 a 36 meses.
2. En caso de lesiones no tan graves
Alcaldía o Inspección de Policía Municipal o Distrital: Cuando se cometan actos dañinos o crueles en contra de los animales (maltrato, desnutrición, encerramiento) que no pongan en peligro inminente su vida, usted puede presentar denuncia de manera verbal o escrita, describiendo las circunstancias en que ocurrieron los hechos.